Vigilancia TLC - 04 de Agosto 2009

04 de agosto 2009

TLC ANDINOS-UNIÓN EUROPEA


Denuncian que Reglamento 258/97 de la UE  obstaculiza biocomercio andino

Diego Alejandro Martínez, docente del Centro de Estudios en Derecho del Medio Ambiente y la Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales de la Universidad Externado de Colombia, señala que en la negociación entre Colombia, Ecuador, Perú y la Unión Europea (UE) es necesario afrontar barreras no arancelarias europeas al comercio de productos de biocomercio andino, como el Reglamento Europeo No. 258/97.

El Reglamento No. 258/97 regula la incorporación de nuevos alimentos y nuevos ingredientes para alimentos en los países de la UE, con lo cual se buscaba regular el ingreso a la UE de alimentos que contienen o se derivan organismos genéticamente modificados (OGM), o con nuevas estructuras moleculares o derivados de procesos de producción innovadores. . Pero principalmente, es el consumo en el territorio europeo posterior a mayo de 1997 el que determina si un alimento o un ingrediente es un nuevo alimento. De esta forma, no se reconoce a los alimentos tradicionales y productos de la agrobiodiversidad que no hayan ingresado o que no demuestren un grado significativo de consumo humano en la UE antes de 1997.

Según los andinos, el reglamento de novel foods nuevos (alimentos)posee los siguientes problemas:

  • Los productos de la biodiversidad reciben el mismo tratamiento que los OGM puesto que se someten al mismo tipo de procedimientos, análisis, carga probatoria, plazos y formalidades.
  • La carga probatoria y administrativa es desproporcionada y excesiva para los alimentos derivados de la biodiversidad y para el cumplimiento del objetivo legítimo de protección de la salud y vida de las personas.
  • Existe una alta discrecionalidad de las autoridades administrativas europeas para determinar aspectos como la suficiencia probatoria, la seguridad e historial de uso de un alimento y la medida adecuada de consumo en la UE.
  • Faltan medios alternativos de acreditación, pues no se permite la presentación de certificaciones otorgadas por entidades reconocidas del país de exportación o terceros países.
  • Los plazos de evaluación son demasiado extensos pues pueden demorar en promedio cuatro años hasta que se adopte la resolución que permita el acceso del alimento.
  • Hay repetición innecesaria de trámites debido a que la evaluación se efectúa para cada solicitud en particular y no por producto.


El punto de partida para los negociadores andinos con la UE para eliminar o disminuir las barreras al comercio de nuevos alimentos debe ser lo planteado por la CAN ante la OMC y ante la Comisión Europea en el proceso de consulta, así como la revisión a la propuesta de modificación presentada por la Comisión Europea en 2008.  De acuerdo con la información disponible sobre la IV ronda de negociación del acuerdo entre los andinos y la UE, el asunto aún no ha sido tratado a profundidad, aunque los tres países andinos solicitaron a la UE aclarar si efectivamente se considerará el tema en el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la OMC.  Puentes quincenal ICTSD

Acuerdo UE-Andinos: más derechos para titulares y menos acceso a medicamentos

Iván Rodríguez Bernate y Miguel Ernesto Cortés Gamba, de la Fundación IFARMA, resaltan que transcurridas cuatro Rondas de negociación del acuerdo con la UE, los puntos más críticos de la propuesta europea sobre propiedad intelectual, que fueron criticados por  socavar el acceso a medicamentos  en los países andinos, aún se mantienen.

Según el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), el titular de una patente goza de nueve años de monopolio efectivo. La UE propone otorgar Certificados de Protección Suplementaria (CPS), que en la práctica alargan los monopolios efectivos hasta un promedio de 14 años, lo cual es equivalente a extender la duración nominal de 20 a 25 años.

En materia de datos de prueba, ADPIC  establece que esos datos se deben proteger contra la competencia desleal. Pero varias medidas van más allá de dicho acuerdo al establecer que la protección debe garantizar un periodo de exclusividad para el uso de estos datos.  Actualmente Ecuador no tiene exclusividad para los datos de prueba. Perú, con la implementación del TLC con EE.UU. estableció una exclusividad por cinco años, y Colombia otorgó exclusividad de cinco años.   La exigencia europea es la extensión del uso exclusivo de los datos de prueba a un periodo entre los ocho y los 11 años.

Estudios de impacto de las exigencias de la UE a los países andinos en propiedad intelectual encontraron que llegarían a incrementar, en el año 2025, el gasto farmacéutico en US$ 756 millones en Colombia y en US$ 462 en el Perú. Estas cifras equivaldrían al gasto en salud de aproximadamente cuatro millones de personas para ese año en cada uno de estos países.

Otros puntos de la propuesta europea en materia de observancia de los derechos de propiedad intelectual  se relacionan con: 1) medidas cautelares sobre los supuestos infractores, 2) derecho de los titulares de DPI a obtener información sobre el supuesto infractor, 3) perjuicios y sanciones penales que deben pagar los infractores, y 4) medidas en frontera, que se suelen tratar de forma independiente a las demás medidas de observancia por su alto efecto perjudicial sobre la competencia en el sector farmacéutico y el acceso a medicamentos.

Si bien algunos países ya establecen algunas medidas cautelares en sus normas internas, la rigidez es mayor al establecerlas en un tratado comercial. Respecto a los perjuicios y sanciones penales, el infractor no sólo debe hacer un resarcimiento ‘adecuado’, como se exige en ADPIC, si no que éste debe incluir “el daño causado al titular, los beneficios obtenidos por el infractor e incluso el ‘daño moral’ causado al infractor. De hecho, la propuesta europea incluso insta a permitir fijar los daños por una cantidad a suma alzada”. También se endurecen las sanciones penales

El broche excepcional de la propuesta europea son las medidas de frontera, en donde se establece que si una compañía sostiene que una mercancía que se importa, exporta, reexporta, entra o sale de un territorio aduanero o colocación en zona franca infringe sus DPI, ésta puede solicitar que el bien se decomise. En 2008 los decomisos estuvieron a la orden del día en varios aeropuertos europeos.

En resumen, los cambios que se están originando en materia propiedad intelectual dejan en evidencia una estrategia de la industria farmacéutica transnacional consistente en fortalecer la protección de sus inversiones a través de tratados comerciales internacionales en los que los países industrializados presionan a los países de medianos y bajos ingresos a aceptar estándares de propiedad intelectual que favorecen la exclusividad de mercado, y por lo tanto el poder de estas compañías. ,  Puentes quincenal ICTSD

 

TLC PERU-CANADÁ


ADEX identifica productos con potencial en TLC con Canadá

El Área de Inteligencia Comercial de la Asociación de Exportadores (ADEX), identificó, con motivo de la entrada en vigencia del TLC con Canadá el 1 de agosto, entre los productos peruanos con potencial en los mercados de ese país, y que ahora tienen cero arancel, los plátanos frescos, el palmito y los aceites esenciales de limón.   La entrada en vigencia del acuerdo con Canadá permite el ingreso sin arancel de 8,164 partidas, lo que representa el 98% del total de partidas negociadas (8,326 partidas).  El Comercio Perú- Gestion  Perú  

 

ACUERDO UE-CENTROAMÉRICA


Vicepresidenta española: Negociación con UE se reanuda en setiembre

María Teresa Fernández de la Vega,   vicepresidenta del Gobierno español, dijo que las negociaciones de la Unión Europea con Centroamérica para un acuerdo de asociación se reanudarán en setiembre. La UE cambiará el mandato d(de negociar en bloque) de forma que se pueda retomar el proceso sin Honduras, país que podría adherirse luego si se resuelve la situación política. 

“Vamos a darnos plazo hasta mediados de septiembre para ver si se alcanza un acuerdo sobre banano en la OMC. Si se alcanza, ese será el momento de formalizar el cambio del mandato si no se ha resuelto la crisis en Honduras”, manifestó.  “No queremos perder la oportunidad de que mientras España ocupe la Presidencia, que es en el primer semestre del 2010, el tratado finalmente cristalice”, subrayó. El Financiero Costa Rica  

Petros Mavromichalis, jefe negociador político de la Unión Europea, había dicho que un cambio de mandato para que la UE pueda negociar con Centroamérica sin Honduras podría ocupar hasta cinco meses, dependiendo de la discusión entre los países miembros de la UE.
 

Costa Rica: “Hay que intentar seguir negociando con la UE sin Honduras”

Marco Vinicio Ruiz, ministro de Comercio Exterior (Comex) de Costa Rica, señaló que no puede asegurar que la UE canbie su mandato para que ese bloque negocie con Centroamérica, pero sin Honduras.  Más bien, ambas partes tienen que sentarse a la mesa a discutir cuáles serían las opciones para reiniciar las negociaciones sin contar con Honduras.

“Lo del cambio del mandato es muy difícil porque eso lleva su tiempo y si se hace de esa forma entonces no lograríamos lo que queremos que es terminar la negociación este año. Hay que buscar otras formas para retomar las negociaciones y dejar abierta la posibilidad, como lo tenemos con Panamá, de que Honduras se reincorpore cuando ya pase todo”, dijo el ministro Ruiz.. El Financiero Costa Rica 

CAFTA (EE.UU. - CENTROAMÉRICA)



El CAFTA-DR y su impacto en la salud: el caso de Costa Rica

Greivin Hernández-González y Max Valverde Soto, Investigadores asociados del Centro Internacional en Política Económica para el Desarrollo Sostenible de la Universidad Nacional de Costa Rica,  informan que según un estudio sobre los efectos del CAFTA en la salud de los costarricenses, el endurecimiento en los estándares de propiedad intelectual provocaría un impacto sobre la salud pública debido al aumento en los precios de los medicamentos derivado de la restricción de la competencia de productos genéricos.

El estudio encontró que en Costa Rica, el diferencial de precio que existe entre un producto en condiciones de monopolio (que bien podría ser resultado de la existencia de una patente) y el mismo producto en condiciones de competencia con equivalentes genéricos es de 3.1.  En términos de competencia, se prevé que la industria nacional reduzca sus ventas entre un 7% y un 31% y, como consecuencia, caerá su participación en el mercado institucional que podría llegar a ser significativa a mediano plazo, pasando del 33% en el 2010 al 25% en el 2030.

Se impone entonces la adopción de políticas nacionales que mitiguen el impacto. El balance de las leyes de implementación del CAFTA-DR aprobadas por Costa Rica hasta el momento muestra una implementación creativa que trata de disminuir el costo de asumir compromisos ADPIC-Plus y aprovecha algunas flexibilidades.

Por ejemplo, en el caso de patentes se mantiene la posibilidad de realizar importaciones paralelas, otorgar licencias obligatorias de patentes dependientes y en casos de prácticas anticompetitivas demostradas por la Comisión de Promoción de la Competencia, así como otorgar licencias de utilidad pública en casos de emergencia, interés público y seguridad nacional.

Para los datos de prueba, Costa Rica excluyó la protección de segundos usos y se reservó el derecho de usar datos de prueba protegidos para prevenir prácticas que puedan inducir a error al consumidor, para proteger la vida y seguridad humana, así como al ambiente. Otra de las flexibilidades utilizadas fue la posibilidad de aplicar la Cláusula Bolar.

 La legislación de implementación aplicada en Costa Rica tiene un fuerte acento en protección, pero deja de lado la segunda parte de la ecuación: la promoción de la innovación local, la transferencia tecnológica y el fomento de la competencia. Un modelo en favor de la competencia debe tomar en cuenta especialmente los posibles efectos negativos de una mala vinculación patente-registro, la acumulación de derechos privados en “paquetes de patentes”, los plazos de caducidad para solicitar protección de datos de prueba en el país e impedir prácticas judiciales dilatorias que busquen generar litigios estratégicos con el fin de posponer la entrada de competidores genéricos al mercado. Puentes quincenal ICTSD

OTROS


Francia intentará recuperar millones en subsidios agrícolas

El gobierno de Francia dijo ayer que intentará recuperar 330 millones de euros (unos US$470 millones) en subsidios a productores de frutas y hortalizas de todo el país entre 1992 y 2002. La Comisión Europea determinó a principios de año que la ayuda era ilegal y le dio a Francia hasta la semana pasada para que decidiera si acataría el fallo o si se arriesgaría a enfrentarse legalmente con la UE.  Parece que el gobierno optó por la primera opción.

Francia es el principal receptor de subsidios agrícolas de la UE: unos 9.000 millones de euros el año pasado. Por mucho tiempo, Francia se ha opuesto a cualquier intento por modificar el sistema de subsidios agrícolas europeo, lo que indigna a varios de sus vecinos que aseguran que Francia recibe más de lo que debería.

El fallo de la Comisión Europea, emitido en enero, se refiere a la ayuda que Francia empezó a asignar en 1992 como asistencia para los productores de frutas y hortalizas que enfrentaban serias condiciones climáticas y empresariales. Se trataba de una ayuda adicional aparte de los fondos que Francia recibe de la UE. La Comisión decidió que la ayuda violaba las reglas de competencia de la UE porque contribuían a solucionar problemas de sobreabastecimiento crónico en vez de dificultades extraordinarias. En su fallo, la UE dijo que lo que había nacido como un aporte único para los agricultores terminó siendo un subsidio anual que duró hasta 2002. Wall Street Journal