Artículo escrito por Javier Llamoza de AIS, publicado en el blog La Mula. Con la ley 27450, del 19.05.01 se modificó el Texto Único Ordenado del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, exonerándose de impuesto a “la venta e importación para la fabricación nacional de los equivalentes terapéuticos que se importan (mismo principio activo) para el tratamiento de enfermedades oncológicas y del VIH/SIDA, efectuados de acuerdo a las normas vigentes”, la misma ley también dispone que el Ministerio de Salud propone la relación de medicamentos e insumos, materia de aprobación. Asimismo, dichas listas deberán ser “anualmente evaluada y actualizada, bajo responsabilidad, a fin de que los beneficios se destinen a la población comprendida en la presente ley”.